FOTOGENIO – MAZARRÓN – MURCIA
CRÓNICA DE FOTOGENIO 2013 – 31 de Mayo, 1 y 2 de Junio.
-16/7/13
¿Se podría ver empañada la trayectoria de Fotogenio?
¿De verdad le interesa al Ayuntamiento de Mazarrón el sector de la fotografía o quizás organiza Fotogenio solamente como reclamo para promocionar Mazarrón y atraer turistas a cualquier precio?.
El Ayuntamiento de Mazarrón, organizador y promotor de Fotogenio ¿podría haber cometido un delito contra la propiedad intelectual y sobre los derechos de autor?, al publicar y distribuir dentro de FOTOGENIO un folleto de promoción turística con fotografías robadas de internet, sin el consentimiento ni autorización de sus autores y sin hacer mención alguna sobre los fotógrafos, autores de algunas de las fotografías que aparecen publicadas.
– 31/5/13 El pasado día 31 de Mayo me desplacé hasta Mazarrón para asistir a la inauguración de la septima edición de Fotogenio 2013 y podéis imaginar mi sorpresa al comprobar que se estaban distribuyendo folletos de promoción turística de Mazarrón dentro del propio Fotogenio con una de mis obras fotográficas que aparece en esta pagina web, mostrada más arriba y de la cual no me habían pedido permiso alguno para su publicación, y por supuesto no han pagado los derechos de reproducción oportunos y ademas no figuraba por ningún lado mi nombre como autor, por lo que claramente están vulnerando todos mis derechos, así como seguramente los de otros fotógrafos que podrían verse afectados.
Como en el folleto no aparece ningún crédito sobre su publicación, ni siquiera de la imprenta o agencia me puse en contacto con el director de Fotogenio y empleado del ayuntamiento Juan S. Calventus para comunicarle los hechos y pedirle una posible explicación el cual me remite al jefe de prensa de dicho ayuntamiento y este último me facilita horas más tarde una entrevista con el alcalde de Mazarrón D. Ginés Campillo Méndez aprovechando que acudió al evento, con el que mantengo una pequeña charla en una zona habilitada para el descanso dentro de Fotogenio y puedo explicarle con detalle los derechos que me habían sido vulnerados.
D. Ginés Campillo, me facilita su número de teléfono personal para que me ponga en contacto con el y poder llegar a un acuerdo, tal y como hábiamos quedado me pongo en contacto pasados unos días y me atiende amablemente, asegurandome que me llamaría al día siguiente para llegar a un posible acuerdo, pasado una semana y sin volver a tener noticias del señor alcalde he intentado ponerme en contacto con D. Ginés Campillo hasta en trés ocasiones pero mis llamadas no han sido atendidas.
Entretanto, entro en contacto con otros fotógrafos afectados por el mismo hecho, ya me queda claro que no soy el único afectado por el robo de fotografías y su posterior publicación sin permiso y sin citar al autor para este folleto del Ayuntamiento de Mazarrón.
Días mas tarde y visto que no recibo respuesta llamo directamente al ayuntamiento para hablar con la concejal de turismo de Mazarrón, aunque no consigo hablar con ella le dejo nota del asunto junto con mis datos al personal que amablemente me atiende al teléfono, pasados unos días y en vista que tampoco recibo respuesta alguna de la concejalía de turismo decido volver a llamar al alcalde, pero esta vez desde otro número de teléfono, este me responde y me vuelve a decir lo mismo que me dijo anteriormente, que mañana se pondrían en contacto conmigo, pasa una semana y no recibo respuesta alguna, le vuelvo a llamar en varias ocasiones y no hay respuesta, espero dos días más, ya ha pasado más de un mes y como sigo sin recibir su llamada le envío el siguiente mensaje SMS a su teléfono el día 10/7/13;
«Al no obtener ninguna respuesta por su parte voy a emprender acciones legales contra el Ayuntamiento por un delito contra la propiedad intelectual. Buenos días.»
– 10/7/13 Esa misma mañana recibo la llamada del técnico de turismo de Mazarrón D. Pío Garrido, que primeramente me pide perdón por los hechos ocurridos y lamentablemente poco después y muy sutilmente pasa a intentar devaluar mi obra, argumentando entre otras cosas «que hay miles de fotografías por internet de las minas de mazarrón y que la mía entiende que no es especial puesto que no ha sido realizada en un estudio», además me asegura que soy el único al que no le habían pedido permiso y que cuentan con los derechos de todos los autores. ¡Lamentablemente esto no es cierto! y el lo sabe, puesto que ya se había puesto días antes en contacto con otro fotógrafo afectado.
– 16/7/13 Ha pasado ya un mes y medio y en vista de que no he vuelto a recibir una respuesta, me veo en la necesidad de emprender acciones legales contra el ayuntamiento de Mazarrón y reclamar mis derechos por vía judicial interponiendo una demanda sobre un delito de propiedad intelectual, sobre derechos de autor y derechos de reproducción contra dicho ayuntamiento.
– 17/7/13 Recibo la llamada del director de la agencia de publicidad responsable del diseño del folleto de información turística de Mazarrón donde fue insertada la fotografía, los datos de contacto les han sido facilitados por el personal del Ayuntamiento y me pide perdón por los hechos ocurridos y me explica que por un cúmulo de circunstancias no saben realmente como se ha llegado a producir este hecho y quién fue el responsable que les facilitó las imágenes sin contar con los permisos pertinentes, no obstante comprenden la transcendencia del asunto y se van a hacer cargo de la compensación oportuna.
– 18/7/13 Finalmente llegamos a un acuerdo amistoso, la agencia se hace cargo de la oportuna compensación económica y yo les ofrezco los derechos de reproducción de la imagen por un año, para una sola edición y un solo uso sin exclusividad.
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La propiedad intelectual confiere al autor las siguientes facultades:
De explotación económica o de disfrute, de disposición, de difundir o no difundir la obra, de ser reconocido como autor de la misma, de modificación de la obra e impedir que otro la modifique, de retirar la obra de la circulación o publicidad, o de publicar otra retractándose de la anterior, indemnizando en su caso a los terceros titulares de derechos sobre la obra que puedan verse perjudicados.
Derecho Penal
Conductas que atacan aquella propiedad integrada por derechos de carácter personal y patrimonial, que atribuyen al autor la plena disposición y el derecho exclusivo a la explotación de su obra, conforme a la definición que de Propiedad Intelectual se recoge en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. Se trata de derechos de carácter personal y moral, irrenunciables e inalienables, como son el decidir si la obra ha de ser divulgada y en qué forma, exigir el reconocimiento de la condición de autor, impedir cualquier ataque a la integridad de la obra, o la capacidad de modificarla sin perjuicio de terceros, etc. Los derechos de explotación de la obra corresponden también al autor de la misma, como son el derecho de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación.
http://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/delitos-contra-la-propiedad-intelectual/delitos-contra-la-propiedad-intelectual.htm